Ministro Visitador de la Ilustre Corte de Apelaciones de Temuco: Sr Carlos Gutiérrez Zavala.
Juez: Christian Grollmus Fritz
Secretaria Abogada: Norma Olave Pedraza
(Atención para personas sordas. Lenguaje de señas)
AVISO IMPORTANTE JUZGADO POLICÍA LOCAL PURÉN
A los usuarios del Juzgado de Policía Local se informa que Las notificaciones electrónicas que correspondan efectuar según lo establecido en la Ley N° 21.241, que modifica la Ley N° 18.287, se practicarán desde la casilla de correo electrónica jplpuren@gmail.com
Todas las presentaciones y solicitudes, deben ser presenciales.
Solo Comparendos, a través de plataforma zoom.
Para el público: En el siguiente link usted podrá encontrar los formatos de documentos públicos en caso de que el JPL requiera información de su solicitud o caso.-https://drive.google.com/drive/folders/1mjGobiZBrthwx8nycYfLhoU83J9uvjZI |
UBICACIÓN: Contulmo 902 – Fono: 45(2)793134 –
HORARIO DE ATENCIÓN DE PÚBLICO: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas.
AUDIENCIAS CON EL SR. JUEZ: Martes, Miércoles y Jueves: Desde 11:00 hrs – hasta 14:00 hrs
LEYES DE COMPETENCIA DEL JUZGADO DE POLICIA LOCAL:
Materias o asuntos de competencia del Juzgado de Policía Local, más frecuentes:
- Infracciones a la Ley de Tránsito, tales como la Ley 18.290, 15.231, 18.287 y los decretos del Ministerio de Transporte.
- Regulación de daños y perjuicios por accidentes de tránsito.
- Infracciones a las Ordenanzas, Reglamentos y Decretos Municipales.
- Infracciones a la Ley Electoral 18.700.
- La Ley N°20.422 sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, establece en su artículo 57 una acción especial destinada a denunciar los actos discriminatorios, la cual se presenta ante el Juzgado de Policía Local competente.
- Ley 19.925 Infracción sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas de la Ley de Alcoholes, consumo alcohol vía pública y manifiesto estado de ebriedad.
- Infracciones al D.L. 3063, sobre Rentas Municipales.
- Infracciones a la Ley 19.496 y decretos reglamentarios, sobre Protección a los Derechos de los Consumidores.
- Infracciones a la Ley 19.419 sobre Tabaco y Cigarrillos, y 20.660 sobre ambientes libres de humo de tabaco.
- Infracciones a la Ley 3.607, sobre Vigilante Privados.
- Infracciones al D.F.L. 458 del Ministerio de Vivienda, sobre Ley General de Urbanismo y Construcciones, y Ordenanzas.
- Infracciones a la Ley 19.537, Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
- Infracciones a la ley 18.700, Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
- Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
INFRACCIONES DE TRANSITO Y SUS VALORES:
Art. Nº 204 de la Ley 18.290
LEVE | 0,2 UTM hasta 0,5 UTM |
MENOS GRAVE | 0,5 UTM hasta 1,0 UTM |
GRAVE | 1,0 UTM hasta 1,5 UTM |
GRAVÍSIMAS | 1,5 UTM hasta 3,0 UTM |
Las personas, a quienes se les ha cursado infracciones de tránsito, tienen la posibilidad de pagar sólo el 75% del valor de la multa correspondiente, excepto las calificadas “Gravisimas”.
SOLICITUD DE EXHORTOS Si a usted le cursaron un parte por una infracción de tránsito cometida geográficamente lejos de su lugar de residencia, puede pedir su resolución por exhorto en el Juzgado de Policía Local (JPL) de su comuna, con el fin de no tener que remitirse al JPL correspondiente, en donde fue cometida la infracción y conoce del parte. |
DEVOLUCIÓN DE VEHÍCULO
De acuerdo a lo indicado en la resolución o Sentencia que se dicte, y la Ordenanza Municipal de fecha 29 de diciembre de 2017 sobre “Derechos Municipales”, establece para la devolución de vehículos, lo siguiente:
- Constatar ingreso al Juzgado de denuncia, que confirma la retención de su vehículo.
- El propietario debe solicitar por escrito la entrega de su vehículo señalando:
- Nombre completo
- Cédula de identidad
- Número celular
- Dirección de correo electrónico
- Dirección completa, incluyendo la comuna
- Nº de rol de la causa
- De no ser propietario actual, acompañar poder notarial autorizándolo de su retiro, junto con los siguientes documentos
- Copia de certificado de inscripción y anotaciones vigente (CAV) del vehículo u otro documento que acredite el dominio del solicitante.
- Copia del permiso de circulación, revisión técnica.
- Seguro automotriz
- El suscrito retirará en corral municipal la devolución del vehículo, una vez sea resuelto en días de audiencia.
Las personas, a quienes se les ha cursado infracciones de tránsito, tienen la posibilidad de pagar sólo el 75% del valor de la multa correspondiente, excepto las calificadas “Gravísimas”.
SOLICITUD DE EXHORTOS Si a usted le cursaron un parte por una infracción de tránsito cometida geográficamente lejos de su lugar de residencia, puede pedir su resolución por exhorto en el Juzgado de Policía Local (JPL) de su comuna, con el fin de no tener que remitirse al JPL correspondiente, en donde fue cometida la infracción y conoce del parte. |
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