DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO
La DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO, deberá asesorar al Alcalde y al Concejo, en la promoción de desarrollo social, económico y cultural de la comuna, considerando especialmente la integración y participación de sus habitantes.
La Dirección de Desarrollo Comunitario, deberá cumplir además con las siguientes funciones:
a) Asesorar al Alcalde y también, al Concejo en la promoción del desarrollo comunitario.
b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.
c) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública; protección del medio ambiente; educación y cultura, capacitación laborar; deporte y recreación; promoción del empleo, fomento productivo local y turismo.
d) Proponer y ejecutar acciones relacionadas con la Asistencia Social.
e) Proponer y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
f) Detectar y evaluar las aspiraciones y necesidades de la comunidad y encauzar su satisfacción y solución, a través de la formulación de políticas sociales.
g) Mantenerse informado de la realidad social de la comuna y, a su vez, informar de ésta al Alcalde, al Consejo y a los organismos relacionados con esta materia.
h) Prestar asistencia social paliativa en los casos de emergencia.
i) Mantener información actualizada de las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales.
j) Proponer planes de capacitación para dirigentes comunitarios y funcionarios municipales respecto de materias que digan relación con los planes sociales del Gobierno y del Municipio.
k) Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la Ley Nro. 20.285 de Transparencia y acceso a la Información Pública.
l) Cumplir con las demás funciones que la ley señale o que le encomiende su superior directo o el Sr. Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.
Encargado: Pablo Lembach Martinéz.
Teléfono: 45-2793013. Anexo-229
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas
plembach@munipuren.cl