DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO

La  DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO, deberá asesorar al Alcalde y al Concejo, en la promoción de desarrollo social, económico y cultural de la comuna, considerando especialmente la integración y participación de sus habitantes.

La Dirección de Desarrollo Comunitario, deberá cumplir además con las siguientes funciones:

a) Asesorar al Alcalde y también, al Concejo en la promoción del desarrollo comunitario.

b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.

c) Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública; protección del medio ambiente; educación y cultura, capacitación laborar; deporte y recreación; promoción del empleo, fomento productivo local y turismo.

d) Proponer y ejecutar acciones relacionadas con la Asistencia Social.

e) Proponer y ejecutar acciones para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

f) Detectar y evaluar las aspiraciones y necesidades de la comunidad y encauzar su satisfacción y solución, a través de la formulación de políticas sociales.

g) Mantenerse informado de la realidad social de la comuna y, a su vez, informar de ésta al Alcalde, al Consejo  y a los organismos relacionados con esta materia.

h) Prestar asistencia social paliativa en los casos de emergencia.

i) Mantener información  actualizada de las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales.

j) Proponer planes de capacitación para dirigentes  comunitarios y funcionarios municipales respecto de materias que digan relación con los planes sociales del Gobierno y del Municipio.

k) Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la Ley Nro. 20.285 de Transparencia y acceso a la Información Pública.

l) Cumplir con las demás funciones que la ley señale o que le encomiende su superior directo o el Sr. Alcalde, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

 

Encargado: Pablo Lembach Martinéz.

Teléfono: 45-2793013. Anexo-229

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:00 horas

plembach@munipuren.cl